Consecuencias reales de ignorarlas

"Paga tus contribuciones."
No es una orden, ni un juicio. Es una advertencia basada en hechos.

Hoy en Chile existe un debate legítimo sobre la justicia del impuesto territorial. Algunos defienden su existencia como parte del financiamiento municipal. Otros creen que debería eliminarse. Personalmente, creo que debería ajustarse a un criterio más proporcional, pero ese debate no lo voy a dar aquí.
Porque más allá de lo que pensemos, la ley está vigente, y no cumplirla tiene consecuencias claras y graves.

Este artículo no es para entrar en polémicas. Es para ayudarte a evitar problemas que pueden comprometer tu patrimonio, tu capacidad de vender o arrendar, e incluso el control de tu propiedad.

¿Qué son las contribuciones?

Las contribuciones o impuesto territorial son un tributo que deben pagar los propietarios de bienes raíces, calculado sobre el avalúo fiscal que determina el Servicio de Impuestos Internos (SII). Este impuesto se distribuye en cuatro cuotas al año y su recaudación va a las municipalidades, financiando servicios comunales.

No todos los inmuebles pagan contribuciones, pero la mayoría de las propiedades urbanas con fines habitacionales o comerciales sí lo hacen. Y si no pagas, no hay muchas vueltas que darle.

¿Qué pasa si no pagas las contribuciones?

Lo primero: no desaparecen solas. Y a diferencia de otros gastos, aquí los efectos son acumulativos y muy concretos:

🔹 1. Reajustes e intereses mensuales

Si no pagas dentro del plazo, la Tesorería General de la República aplica intereses penales diarios y reajustes mensuales sobre la deuda. Esto está estipulado en la Ley 21.713 sobre cumplimiento tributario.

🔹 2. Posibilidad de remate

Sí, es real: el Estado puede iniciar un proceso judicial y rematar tu propiedad por deuda acumulada. Este procedimiento es ejecutado por la Tesorería y se ampara en lo que establece el SII bajo la Ley N° 17.235.

🔹 3. Complica cualquier operación

Una propiedad con contribuciones impagas no se puede vender, hipotecar ni usar como garantía sin regularizar primero la deuda.
Además, muchos compradores (o sus bancos) hacen una revisión exhaustiva de cargas, y un bien con deuda se desvaloriza automáticamente.

🔹 4. No todo prescribe

Algunas cuotas pueden prescribir, pero la deuda puede revivir si se incumple un convenio de pago, como advierten especialistas en derecho tributario. Es decir: incluso lo que “ya prescribió”, puede volver a ser exigible.

¿Y si quiero vender o arrendar?

Aquí es donde entra el riesgo silencioso: una propiedad con deudas de contribuciones puede parecer atractiva, pero a la hora de la verdad no pasa los filtros legales, bancarios ni éticos.

No se trata de pagar por pagar. Se trata de proteger tu inversión.

No estoy diciendo esto porque me parezca “justo” o porque me guste cómo se estructura el sistema tributario.
Lo digo porque he visto cómo propietarios pierden tiempo, oportunidades y dinero por no tener sus contribuciones al día.

Incluso si no vas a vender ahora, una propiedad ordenada es un patrimonio más seguro y más líquido.

¿Tienes dudas sobre tu situación actual?

Revisar, entender y regularizar tus contribuciones puede parecer engorroso, pero es parte de cuidar lo que has construido.